La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó el Reglamento Interno de la Coordinación Nacional de Justicia de Paz Comunal del Poder Judicial.

El propósito de este instrumento es establecer las normas para la organización y funcionamiento de dicha instancia destinada al apoyo y coordinación de esta jurisdicción especial.

La Magistrada del TSJ, Gladys Gutiérrez destacó la potestad que tiene el juez o jueza de paz comunal de tomar decisiones.

Mediante este instrumento se incrementará y potenciará la labor desde el Poder Judicial para optimizar el desarrollo de la justicia de paz comunal en el territorio nacional. Comprende además la facultad de conocer, investigar y decidir los asuntos sometidos a su competencia.

Precisó Gutiérrez además que esta Coordinación Nacional desplegará un intenso trabajo de formación en cada región del país. Esta potestad es a través de medios alternativos para la resolución de conflictos o controversias, en el ámbito territorial de su actuación. 

Además de tener autoridad de avalar acuerdos sobre la base de la vía conciliatoria, el diálogo, la mediación, la comprensión y la reparación del daño. La finalidad es restablecer la armonía, la paz, el buen vivir y la convivencia comunitaria, indica una nota de prensa del máximo tribunal.

Por su parte, la magistrada Tania D’Amelio Cardiet, coordinadora de la Coordinación Nacional de Justicia de Paz Comunal e integrante de la Sala Constitucional, expresó durante la reunión de Sala Plena que la Justicia de Paz Comunal apunta al objetivo histórico de consolidar la cultura de paz, los medios alternativos de resolución de conflictos y la participación activa del pueblo en la administración de justicia.

La Coordinación Nacional de Justicia de Paz Comunal del Poder Judicial fue creada en el año 2014 mediante el Reglamento General y de Funcionamiento de la Justicia de Paz Comunal, norma que regula tanto la organización como el funcionamiento de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal.

La Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, como ámbito del Poder Popular e integrante del sistema de justicia, se centra en la facultad que tiene el juez o jueza de paz comunal de conocer y decidir en todo lo relacionado con las actuaciones, abstenciones, negativas o vías de hecho de los consejos comunales, comunas y organizaciones del Poder Popular.

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