El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) presidido por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, aprobó por unanimidad, el funcionamiento de juzgados de amparo a la libertad y seguridad personal en cada Circuito Judicial del país, que funcionarán los 365 días del año.
Asimismo, de acuerdo a nota de prensa institucional, el máximo juzgado comunicó que la Escuela Nacional de la Magistratura, establecerá un programa de formación permanente para los jueces y todo el personal que integre a esos tribunales especializados de primera instancia, con competencia en amparo sobre la libertad y seguridad personal.
Igualmente, para los que integran las Cortes de Apelaciones con competencia en materia penal, y los presidentes de los Circuitos Judiciales Penales de la nación.
Estas decisiones fueron adoptadas por el TSJ a propósito de la reorganización y reimpulso del Poder Judicial, y están sustentadas en la Constitución, la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica del TSJ, entre otras.
Desde 1999 el ordenamiento jurídico garantiza de manera especialmente sustancial los derechos a la libertad y seguridad personal, así como también dispone acciones y procedimientos para hacer valer tales derechos, no es menos cierto que dicha tutela se ha venido reforzando de manera exponencialmente progresiva, tal como lo demuestra la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, así como también la reciente resolución dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en esa materia.