En la Gaceta Oficial N° 42.339, de fecha 17 de marzo de 2022, se publica una providencia emitida por el Seniat en la que se designa a los sujetos pasivos especiales (SPE) como agentes de percepción del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) aplicado a las transacciones realizadas con divisas extranjeras y/o criptoactivos no emitidos por la República, lo que, por ahora, solo se refiere al Petro.
El artículo 2 de la norma señala que el impuesto debe percibirse en el mismo día cuando se produzca la transacción gravada.
El artículo 3 obliga a los sujetos pasivos especiales perceptores del tributo a cumplir los siguientes deberes formales:
– «Realizar transmisión quincenal de conformidad con las especificaciones previstas en el Instructivo Técnico que a tal efecto»establezca el Seniat. Esto implica que cada 15 días los sujetos pasivos especiales deben hacer el trámite para enterar el impuesto percibido a la autoridad tributaria.
– Hacer una declaración cada 15 días a través del portal fiscal del Seniat y consecuentemente pagar el monto percibido en las instancias autorizadas, siguiendo el calendario de pagos de las retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para contribuyentes especiales, bajo las formalidades del instructivo técnico que debe publicar el ente tributario nacional.