El Banco Central de Venezuela (BCV) ordenó a través de un comunicado a la banca la suspensión inmediata de cualquier producto que permita pagar bienes y/o servicios en moneda extranjera en el territorio nacional con cargo a las cuentas en divisas de los pagadores, porque tales operaciones se consideran como «un retiro en efectivo de una cuenta a otra, en atención a la falta de actuación de un corresponsal en el exterior en la transacción», un tipo de operación no permitida por el emisor.

En una circular emitida este viernes, el ente emisor advierte que no ha autorizado a ningún proveedor no bancario de medios de pago para procesar pagos en moneda extranjera, por lo que cualquier empresa que ofrezca este servicio está contraviniendo «los artículos 2.14 y 23 de la Resolución N° 18-12-01 del 04/12/2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17/12/2018, contentiva de las ´Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago que Operan en el País´».

El BCV recuerda a los bancos universales, comerciales y microfinancieros que aquellos que están «autorizados a recibir depósitos en moneda extranjera, que el manejo y la movilización de dichas cuentas, deberá efectuarse mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior, siendo que el retiro en efectivo con cargo a dichas cuentas se efectuará en los términos dictados por el Banco Central de Venezuela al efecto».

La máxima autoridad bancaria nacional declaró de forma textual que hasta este momento “no ha autorizado a ninguna empresa para operar como Proveedor no Bancario de Servicios de Pago en moneda extranjera”, lo que implica que ninguna empresa fintech y/o no bancaria puede en este momento operar pagos en moneda extranjera dentro del país y aquellas que se encuentran procesándolos, están haciéndolo en contravención de las leyes cambiarias aplicables.

El ejecutivo sostiene que la norma va dirigida contra las transacciones efectuadas por medios de pago no autorizados como billeteras digitales y páginas web, a través de las cuales se hacen operaciones que el BCV no controla.

En el país están circulando puntos de venta que permiten operaciones de consumo contra cuentas locales en divisas, los cuales eluden el control del BCV, así como otras herramientas digitales que permiten incumplir las prescripciones del Convenio Cambiario N° 1.

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